lunes, 25 de junio de 2012

Hola a todos!! Espero que estén muy bien!  Tampoco tengo el alta hoy ( lunes 25 de Junio)  para concurrir a clases. Es por eso que les adjunto el cuestionario correspondiente al texto "Derechos Fundamentales". Espero que estén trabajando bien y no olviden que pueden agregar comentarios en el sector correspondiente en este blog o escribirme ante cualquier duda a profealiciagomez@gmail.com  .
No olviden que tenemos un cronograma y apenas pueda regresar a clase tomaré una pequeña evaluación para saber el estado en que nos encontramos.

CUESTIONARIO GUIA. 

TEMA: DERECHOS FUNDAMENTALES

1) ¿Cuándo nacen los derechos fundamentales?
2) ¿Cómo se fueron sumando estos derechos a lo largo del tiempo?
3) ¿Cuándo se considera que un sistema político constituye un Estado de derecho?
4) ¿En qué se diferencian los derechos fundamentales de los derechos políticos?
5) ¿En qué se diferencian los derechos fundamentales de los derechos humanos?
6) ¿Porqué los derechos fundamentales suelen disfrutar de mayor concreción?
7) ¿Dónde se ubica la garantía de concreción de estos derechos en nuestra Constitución?
8) Busca en el diccionario o en buscador de internet las palabras que no conozcas y agrégalas a tu Glosario. No olvides buscar la acepción de la palabra que corresponda a nuestro tema!!

Puedes buscar aquí!    http://www.kalipedia.com/diccionarios/

Suerte!!!

domingo, 17 de junio de 2012



Derechos fundamentales


 En contraste con la idea absolutista de soberanía, que concedía a la autoridad pública un poder ilimitado de intromisión en la esfera privada del ciudadano, las revoluciones liberales acotaron una serie de ámbitos de privacidad donde el individuo no podía ser molestado. Nacieron así los derechos fundamentales como la síntesis que resulta de combinar las dos tradiciones filosóficas humanistas y cosmopolitas del siglo XVIII: el ilusnaturalismo y el racionalismo ilustrado.
Aunque los catálogos del siglo XIX reconocían las libertades más básicas como la de expresión, la de asociación o la ideológica y religiosa, se vincularon también a los intereses económicos de la burguesía e incluyeron la garantía de protección de la propiedad o el libre movimiento. Posteriormente, el desarrollo democrático ha subrayado la importancia de estos derechos y ha incluido mecanismos eficaces de defensa jurisdiccional de los mismos. Así, la inicial técnica consistente en plasmarlos en declaraciones no vinculantes (Virgina en 1776 o Francia en 1789) fue depurada en el constitucionalismo posterior que positivó nuevos derechos, como el de huelga o sindicación, y dotó a todos de más eficaces garantías. Hoy, en la medida en que los derechos fundamentales estén ampliamente reconocidos y protegidos, se puede hablar de que un determinado sistema político constituye un Estado de Derecho.

Los derechos fundamentales, reconocidos a la población en general, suelen distinguirse de los derechos políticos, que se relacionan con la participación en los asuntos públicos de la nación y se restringen a los ciudadanos. A partir del período de entreguerras se ha llegado también a reconocer, como valores dignos de protección, una serie de aspiraciones al bienestar económico y cultural, pero estos derechos sociales merecen menores defensas que las tradicionales libertades que se vinculan al individuo. Y es que aunque en muchas democracias se reconoce que los poderes públicos deben evitar las injustas desigualdades, sigue considerándose más exigible que éstos no cometan arbitrariedades.
Así, incluso hoy existen movimientos politizados, como el que reivindica en Norteamérica los civil rights, que pretenden ampliar los catálogos o denunciar amenazas persistentes y discriminaciones sobre los ya reconocidos. Aunque es frecuente utilizar indistintamente las expresiones derechos fundamentales y derechos humanos, existe una diferente significación en función del ámbito en el que se empleen. Así, los primeros se refieren a los derechos jurídicamente vinculantes a nivel interno, mientras que los últimos designan los derechos supuestamente naturales positivados en tratados internacionales.
Por tanto, los derechos fundamentales, al quedar recogidos en las constituciones nacionales, suelen disfrutar de un mayor grado de concreción y garantía efectiva a pesar del consenso expresado sobre los segundos en la ONU a través de la Declaración de Derechos Humanos de 1948 y el Pacto convencional de 1966. Aunque en el mundo democrático se violan ocasionalmente, es en los regímenes dictatoriales donde se produce una sistemática falta de consideración a los mismos. El relativismo cultural ha llegado incluso a justificar esta situación, apelando al origen occidental de estos derechos y el supuesto etnocentrismo que supone el pretenderlos universales.
  

La Constitución Argentina legisla sobre derechos fundamentales en su primera parte titulada "Declaraciones, derechos y garantías" y, con la reforma del año 1994, en el artículo 75 inciso 22 donde se encuentran incluidos los siguientes Tratados de Derechos Humanos:Declaración Americana de los Derechos y Deberes del HombreDeclaración Universal de Derechos HumanosConvención Americana sobre Derechos HumanosPacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y CulturalesPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo FacultativoConvención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de GenocidioConvención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación RacialConvención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o DegradantesConvención sobre los Derechos del Niño.

Mira cuidadosamente el video "Ciudadanía" y contesta:



1. ¿Qué significa ser ciudadano?

2.¿Cuál es la diferencia entre ciudadanía formal y ciudadanía material, según lo explica Eugenio Zaffaroni en el video?
3. ¿Qué quiere decir: ampliar la base de ciudadanía real?
4. ¿Qué derechos implica la ciudadanía, y cómo se ha llegado a esto?
5. ¿Qué ley fundamental de la nación garantiza la ciudadanía formal?
6. ¿Qué sucedió con estos derechos con cada golpe de estado que se produjo en Argentina, durante el siglo XX?
7. Luego de finalizar el video agrega tu opinión personal sobre lo visto. Comenta sobre algún derecho que conozcas que no se cumpla efectivamente.



Te recuerdo que tenemos clase los días lunes a las 14:30 !!! Y que si no estoy presente y no hay un suplente, debes utilizar esas horas para avanzar con la materia. Pediré el resultado del trabajo realizado apenas me reincorpore al trabajo. También puedes consultarme o dejar tus respuestas en la sección comentarios.


CRONOGRAMA DE TRABAJO: para Lunes 18/06/2012. Para los que no terminaron el trabajo sobre Ciudadanía es momento de terminarlo!!! Propongo para hoy que vean el video que les adjunto  sobre CIUDADANIA (Conectar) , click en el link que les puse en la entrada anterior y contesten el cuestionario.
Para el Lunes 25 /06 ( no sé si estaré de vuelta con Uds.) trabajaremos sobre DERECHOS FUNDAMENTALES (también está el texto en el blog) y luego empezaremos a relacionar estos conceptos con las páginas fotocopiadas del libro que les dió Sebastián la clase pasada.
¿OK?. Dudas y consultas en la sección de comentarios o me pueden escribir a 
profealiciagomez@gmail.com


Mucha suerte y saludos para todos!!!!





Como les habrán comentado, sufrí un pequeño accidente en otra Escuela y no tengo permiso para ir a la clase de ustedes hasta tanto no me den el alta médica. Así que aprovechando las posibilidades de usar las netbook que tenemos en la Escuela, nos comunicaremos entretanto por este medio.Lee cuidadosamente la sección resaltada en amarillo ( está el cronograma de trabajo tentativo).



Ciudadanía | Conectate

¡Este es el link del video para trabajar!!



PRESENTACIÓN: Este blog está realizado para mis alumnos de Educación Cívica de la Escuela Monseñor Enrique Angelelli. Aquí podrán encontrar videos, temas y actividades para que estén al tanto por motivos de ausencia o retraso. Espero que les sirva y puedan hacer comentarios!. Mucha suerte